27 de abril de 2024

Webinar de aspectos legales sobre los campos de golf: todas las claves

Webinar de aspectos legales sobre los campos de golf: todas las claves

Interesante webinar el que promocionó hace unos días la Asociación Española de Gerentes de Golf para conocer cuál es el estado actual de los aspectos legales a los que tienen que hacer frente los directores de campos durante el estado de alarma

A través de la Asociación Española de Gerentes de Golf y de Internet, hace unas jornadas pudimos asistir, junto a más de 100 personas, a un webinar o charla para conocer qué pasos y requerimientos legales se están dando en torno a los campos de golf de nuestro país.

En el mismo se pudieron escuchar las ponencias realizadas por Alejandro Ponce de León y Antonio Sánchez Cervera, miembros del bufete Triay & Triay Lawyers, con la participación de Daniel Asís y Alberto Iglesias como miembros del Comité de Formación de la nueva Junta Directiva de la AEGG que preside Enrique Gil Octavio de Toledo.

Webinar campos de golf

Durante el Webinar, se trataron diversos asuntos y se resolvieron diferentes dudas planteadas por los directores y gerentes de campos de golf ante la situación actual.

Entre ellas hay que destacar la gestión de las cuotas de mantenimiento y otros servicios en los distintos modelos de campos de golf: sociedades sin ánimo de lucro, clubes sociales o sociedades mercantiles.

Y es que el pasado lunes, el Consejo Superior de Deportes emitía un comunicado en el que expresaba lo siguiente:

El régimen aplicable a la actividad laboral vuelve a ser el que regula el RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y que en su artículo 10.3 suspende la apertura al público, entre otras, las instalaciones deportivas y las actividades deportivas recogidas en el anexo de la misma.

En caso que su Federación, o las entidades deportivas que están integradas en ella, deban realizar alguna actividad profesional que no se vea afectada por lo dispuesto en el artículo citado, les recordamos que siguen en vigor las limitaciones de la libertad de circulación en su día aprobadas, y que se detallan en el artículo 7 del mismo RD 463/2020.

A los efectos de garantizar la seguridad de sus trabajadores se ha emitido por parte del Ministerio de Sanidad una Guía de actuación que adjuntamos, con el fin de informar y colaborar en las acciones que por su parte puedan desarrollar de acuerdo con lo que la norma regula y con el ruego de que la haga llegar a todas las entidades y personas afiliadas a la Federación que usted preside de la manera que considere más oportuna, siempre con la intención de proteger a las personas, y velar por su salud.

¿Quieres volver a verlo o, simplemente, escucharlo si te lo perdiste? Pues aquí te dejamos el enlace.

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